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Anulado el carácter "restrictivo" de la Proposión No de Ley de regulación de las fórmulas de pago en actividades de juegos de apuestas

 
El Boletín Oficial de las Cortes publicaba ayer el acuerdo adoptado por la Comisión Mixta para el Estudio de los Problemas de las Adicciones para aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley sobre regulación de las fórmulas de pago en actividades de juegos de apuestas, presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.
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Así fue publicada el pasado 22 de septiembre:

'La Comisión Mixta para el Estudio de los Problemas de las Adicciones insta al Gobierno a estudiar, analizar y evaluar, desde la objetividad y la evidencia científica disponible, hablando previamente con todos los sectores implicados, el
impacto sobre la población del uso de determinados medios de pago en las actividades online del juego de apuestas y azar y, en función de las conclusiones de dicho estudio, establecer el modelo regulatorio que corresponda, con las restricciones
oportunas que al caso pudieran ser necesarias
, sobre determinados medios de pago para acceder a las actividades online de juegos de apuestas y azar.'


A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas:

Del Grupo Parlamentario VOX, una Enmienda De modificación.

Se propone la modificación de la parte dispositiva de la Proposición no de Ley, que pasaría a estar redactada de la siguiente manera:


'Estudiar el posible impacto sobre la población del uso de determinados medios de pago en las actividades presenciales y online del juego de apuestas y azar y, en función de las conclusiones que alcance dicho estudio, establecer el modelo
regulatorio
que corresponda sobre determinados medios de pago para acceder a las actividades de juegos de apuestas y azar.'

Justificación
: Constituye una incoherencia instar al Gobierno a realizar un estudio del impacto del uso de los medios de pago en el juego de apuestas y azar y, sin esperar a su realización y prescindiendo de las conclusiones a que dicho estudio pueda
llegar, proponer a priori un modelo regulatorio concreto. Por esta razón, se propone la unificación de los dos puntos de la parte dispositiva de la PNL en uno solo, de manera que lo que se solicita en el segundo punto se supedite al resultado de lo
que se solicita en el primero.
 
Adicionalmente, es equívoco partir de la premisa de un 'modelo regulatorio restrictivo sobre medios de pago', ya que este tipo de restricciones han de constituir la excepción y no la regla, conforme al artículo 38 de la Constitución Española
que reconoce la libertad de empresa.



Además, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso la siguiente Enmienda de modificación:

El texto que se propone quedará redactado como sigue: 'El Congreso de los Diputados insta al Ministerio de Consumo a analizar y evaluar desde la objetividad y la evidencia científica disponible el posible impacto sobre la población del uso de determinados mediosde pago en las actividades presenciales y online del juego de apuestas y azar, con el objetivo de disponer de la información y los datos que resulten necesarios para establecer, desde el diálogo con todos los agentes del sector, el modelo regulatorio sobre los referidos medios de pago para acceder a las actividades de juegos de apuestas y azar que resulte realmente adecuado a la realidad de la sociedad española y a las necesidades de los ciudadanos.'
 
Justificación: Mejora técnica.



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