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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias amplía el aforo en locales de juego

 
La Sala de lo Contencioso Administrativo considera que "no existe una razón probatoria que los discrimine como lugares más contaminantes que el resto de espacios culturales siendo injustificado el 33% en nivel 4". Lo publica eldiario.es
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La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha emitido un auto este viernes resolviendo una petición de la Asociación Liberum de medidas cautelares (es decir, la suspensión) sobre algunas de las restricciones aprobadas por el Gobierno regional e incluidas en los llamados niveles de alerta sanitaria.

Una de las peticiones de Liberum ha sido aceptada por la Sala: paralizar la limitación del aforo en establecimientos y locales de juego y apuestas en nivel 4 de alerta sanitaria, que estaba fijada en el 33%. Ahora el TSJC amplía ese aforo hasta el 55%.

En opinión de la Sala, "no existe una razón probatoria que los discrimine [a estos locales] como lugares más contaminantes que el resto de espacios culturales siendo injustificado el 33% en nivel 4 y sin que se pueda exigir por lo mismo que en otros casos, ni tener en cuenta la tenencia o ausencia de certificado COVID19 mostrativo de pauta vacunal completa, prueba diagnóstica de infección activa (con exclusión de autotests diagnósticos) con resultado negativo y realizada dentro de las últimas 72 horas o certificación de haber pasado la infección en los últimos seis meses". Sin más argumentación, la Sala dicta que debe permitirse el aforo "de hasta el 55%".

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