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 La nueva Ley del Juego de Castilla y León llega a las Cortes para su debate y tramitación: ESTAS SON LAS NOVEDADES

 

   Carlos Fernández Carriedo, consejero portavoz de la Junta


  El Gobierno autonómico ha aprobado este jueves el Proyecto de Ley del Juego y las Apuestas de aplicación en el ámbito de la comunidad, que remitirá a las Cortes para su tramitación parlamentaria, debate y votación.
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El Consejo de Gobierno ha dado luz verde este jueves al anteproyecto de ley del Juego y de las Apuestas de Castilla y León, que modifica la actual 4/1998, de 24 de junio.

Una actualización consensuada, según ha destacado el consejero de Economía y Hacienda, Carlos Fernández Carriedo, puesto que recoge las propuestas adoptadas por la Mesa de Juego Responsable de Castilla y León y está en consonancia con las políticas de juego responsable y de protección de los consumidores.


En cuanto a las novedades:


1- Se fija un régimen de distancias mínimas entre establecimientos específicos de juego y apuestas, con independencia de la naturaleza del establecimiento, en 300 metros; y se aumenta de 100 a 150 metros la distancia de estos establecimientos a centros oficiales de enseñanza reglada.


2-Se somete a autorización previa cualquier actividad que suponga la realización de actividades publicitarias, de patrocinio y de promoción del juego y de las apuestas, excepto la que se realice en el interior de los propios locales, con el fin de evitar el efecto llamada a jugar que la publicidad puede tener en los potenciales jugadores.

3-Se incide en la práctica de juego informado, seguro y consciente en el interior de los locales de juego, exigiendo el anuncio fuera del establecimiento y la puesta a disposición de los jugadores en el interior de hojas de reclamaciones en modelo oficial aprobado por el órgano competente en materia de consumo, así como folletos informativos de prevención y de tratamiento de la ludopatía, folletos de la práctica de juego responsable y el modelo oficial de solicitud de inclusión en el citado Registro de Interdicciones de Acceso al Juego de Castilla y León.


4-Se prohíbe el establecimiento de espacios para fumar o clubes de fumadores en el interior de los establecimientos autorizados para la práctica de juegos y de las apuestas.

5-Se potencia el control en la entrada de los salones de juego y de las casas de apuestas. Así, todos los establecimientos de juego y apuestas deben disponer de un registro de visitantes y de un servicio de control de acceso, situados en cada una de las puertas de entrada al local.

6- Se prevé la posibilidad de establecer un sistema informatizado para la interconexión automatizada del Registro de Interdicciones de Acceso al Juego de Castilla y León con el registro homólogo de ámbito estatal, así como mecanismos de coordinación necesarios para la comunicación de datos con otros registros oficiales equivalentes de las comunidades autónomas.

7- Se matizan los tipos de infracción administrativa y, respecto al destino de las multas por sanciones impuestas, la ley regula que la recaudación obtenida por los ingresos provenientes de las multas y sanciones previstas se destinará preferentemente a: la financiación de los programas de prevención y rehabilitación de ludópatas; campañas y acciones formativas de prevención, dirigidas a la sensibilización y difusión de las buenas prácticas del juego, así como de los posibles efectos que una práctica no adecuada puede producir; y programas sociales, educativos y de salud pública de carácter general.


8- Se crea una Comisión Técnica de Coordinación del Juego Responsable, que se encargará de realizar un seguimiento de la Estrategia de Prevención y Tratamiento del Juego Patológico, de carácter plurianual.

Ahora, este texto aprobado por la Junta deberá remitirse a las Cortes para su debate y posterior aprobación por parte de los grupos parlamentarios en el hemiciclo.
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