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Anulado el Decreto que aprobaba las obras del proyecto Elysium City

 
El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha anulado el decreto que aprobaba el plan de ordenación de grandes instalaciones de ocio del Elysium City por estar “incompleto” y faltarle evaluaciones ambientales previas a la aprobación.

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del tribunal ha tumbado el decreto 162/2022, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de Ordenación con Incidencia Territorial y Proyecto de Ejecución de Grandes Instalaciones de Ocio (Poitegio) alusivo a ese complejo de ocio, turístico y residencial proyectado en Castilblanco (Badajoz).

En su fundamentación, la Sala señala que el plan de ordenación está “incompleto” y que para su aprobación es necesario que se hayan hecho los estudios y evaluaciones ambientales como son el caso de los proyectos del ciclo integrado de agua, gestión y tratamiento de residuos o energía.

La Sala recuerda que la obligatoriedad de presentar estos estudios y proyectos previos a la aprobación está recogida en el artículo 9 de la Ley Extremeña de Grandes Instalaciones de ocio.

La sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

Elysium City se proyecta sobre una superficie de 12 millones de metros cuadrados, 8,3 millones de ellos de suelo urbanizable. Contempla 20 hectáreas de zonas verdes y una capacidad hotelera de 18.000 plazas, zona residencial, parques temáticos, embarcaderos, una costa navegable de 17 kilómetros de costa, además de instalaciones para la celebración de conciertos. La puesta en marcha de este proyecto aventuraba una inversión de 18.000 millones de euros, según los promotores.
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