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INCONTESTABLE SAJUCAL: Responde a la ONCE sobre las modificaciones en la Ley del Juego en Castilla y León

 
En respuesta a las declaraciones de la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) sobre las modificaciones propuestas en la Ley del Juego en Castilla y León, la Asociación de Empresarios de Salas de Juego de Castilla y León (Sajucal) ha querido compartir con nuestros lectores su razonada posición al respecto.
JACQUELINE MECINAS | MADRID
Desde SAJUCAL (Asociación de Empresarios de Salas de Juego de Castilla y León) queremos manifestar, en primer lugar, que los términos del Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 4/1998, de 24 de junio, reguladora del juego y las apuestas en Castilla y León, ahora en fase de enmiendas parlamentarias, deben respetar que los operadores públicos y privados estén en plano de igualdad, y que, en definitiva, todos se sometan a “las mismas reglas de juego”.

Precisamente, en Castilla y León todos los establecimientos de juego privado cumplen escrupulosamente el mandato de que ni los menores de edad ni las personas inscritas en el denominado “Registro de Prohibidos” puedan jugar o apostar, teniendo establecido normativamente sistemas de controles de acceso a tal fin y estando sometidos a numerosas inspecciones y controles por parte de la Administración. Y hemos de destacar que, de acuerdo a la última Memoria de Juego de Castilla y León publicada, la de 2023, en las 4.383 inspecciones efectuadas en los establecimientos de juego privado no se detectó la presencia de ningún menor. Sin embargo, es un hecho notorio que en los establecimientos de juego público (SELAE y ONCE) ni se solicita el DNI al jugador ni se comprueba si la persona está inscrita o no en el Registro de prohibidos.

Hemos de recordar nuevamente que la Comunidad Autónoma de Castilla y León tiene la competencia exclusiva en materia de juego, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 70.1.27 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León.

Pues bien, sentado lo anterior, hemos de mostrar nuestro absoluto desacuerdo con la verdadera pretensión de la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE), y que no es otra que la instalación de TERMINALES que permitan la participación en los juegos de loterías de la reserva estatal en todo tipo de establecimiento abierto al público sin autorización de ningún tipo, a diferencia de la instalación de cualquier tipo de máquina en cualquier establecimiento de juego privado, sometida al régimen de autorización en todo caso.

Una cosa es la apertura de ESTABLECIMIENTOS al público por parte de SELAE y ONCE, para la que no se necesita autorización autonómica, de acuerdo a lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera. Cinco. de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, y otra cosa bien distinta es la instalación de terminales por estas entidades públicas que permitan la participación en los juegos de loterías de la reserva estatal en cualquier establecimiento abierto al público, y ello sin la autorización de la Comunidad Autónoma, pretensión que contraviene varios informes de la propia Abogacía del Estado del Ministerio de Hacienda y Función Pública, sin olvidarse que ninguna de estas entidades tributa en Castilla y León, por lo que en modo alguno podemos estar de acuerdo con la pretensión de la ONCE.
18+ | Juegoseguro.es – Jugarbien.es

    1 Comentario


Santiago

8 de febrero 2024

#1
Enhorabuena Luis
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