Actualizado el 5 de diciembre.
La Generalitat Valenciana ha establecido el próximo 1 de abril de 2025 como fecha límite para que los operadores de máquinas recreativas y de azar presenten sus solicitudes de canje fiscal a través del procedimiento especial habilitado por la Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública. Este trámite se aplica a las máquinas cuya explotación fue suspendida debido a los daños causados por la Gota de fría (llamada Dana) del 29 de octubre de 2024.
Los interesados deben presentar la siguiente documentación:
- Formulario J65-DANA, debidamente cumplimentado.
- Albarán de entrega de la máquina en el depósito para su destrucción, si no fue destruida o desapareció durante el temporal.
- Guía de circulación de la nueva máquina.
- Contrato de compraventa, arrendamiento o leasing de la nueva máquina.
- Justificante de depósito para la destrucción de los elementos identificativos de la máquina dañada (en caso de que no estuvieran completamente destruidos).
El procedimiento no genera tasas administrativas.
La solicitud puede presentarse de forma:
Telemática, a través de los registros electrónicos oficiales.
Presencial, exclusivamente para personas físicas no obligadas a relacionarse con la Administración a través de medios electrónicos.
Puntos de presentación y contacto
Las solicitudes deben dirigirse a las Direcciones Territoriales de Hacienda, Economía y Administración Pública en:
- Alicante: C/ Churruca, 25. 03003.
- Castellón: Pl. Tetuán, 38-39. 12001.
- Valencia: C/ Palau, 12. 46003.
TRAMITAR
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