La Comisión de Derechos Sociales y Consumo del Congreso ha aprobado el texto que modifica la Ley del Juego con cuatro medidas de calado para el sector: definición de “influencer” en comunicaciones comerciales, restricción del uso de promociones a cuentas verificadas con 30 días de antigüedad, pagos nominativos obligatorios con cuentas separadas en España para saldos de jugadores, y creación de un registro de proveedores de juego.
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El proyecto supera su penúltimo trámite en el Congreso y se prevé su debate en Pleno la semana del 11 de noviembre antes de pasar al Senado.
La norma introduce la categoría de “personajes de relevancia o notoriedad pública”, que afectará a su participación en campañas y contenidos publicitarios del juego. Con ello, el legislador busca acotar la figura del influencer dentro del marco de la comunicación comercial y reforzar la supervisión sobre mensajes y prescriptores dirigidos a audiencias sensibles.
En materia de promociones y bonos, solo podrán utilizarlos los clientes con al menos 30 días de antigüedad desde la apertura de la cuenta y con verificación documental completa. Este requisito eleva el listón de acceso a incentivos y pretende reducir riesgos de alta impulsiva y captura de usuarios no verificados.
El capítulo financiero obliga a que los operadores acepten exclusivamente medios de pago nominativos, de titularidad del propio participante. Además, deberán mantener cuentas bancarias en España, separadas y exclusivas para saldos de jugadores (depósitos y premios), diferenciadas de las cuentas operativas del operador. La medida aumenta la trazabilidad, la protección de fondos y la eficacia del control supervisor.
Por último, se crea un Registro de Proveedores de Juego para personas y empresas que suministren componentes o servicios técnicos a los operadores. El objetivo es ordenar la cadena de suministro (plataformas, contenidos, pasarelas, etc.), impedir prestaciones desde entidades no autorizadas y facilitar auditorías e interoperabilidad regulatoria.
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