Con ocasión de la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el Decreto n.º 101/2016, de 21 de septiembre, por el que se modifica el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, aprobado por Decreto 72/2008, de 2 de mayo, la Asociación Española de Empresarios de Salones de Juego y Recreativos expresa su valoración del mismo.
Según la exposición de motivos, estas modificaciones buscan adaptar las características técnicas de las máquinas al Acuerdo del Pleno del Consejo de Políticas del Juego de 17 de diciembre de 2014, de modificación de las características técnicas de las máquinas tipo B, en aras a mejorar la unidad de mercado en el contexto de la implementación de las disposiciones contenidas en la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado.
Por otra parte se redefinen las máquinas multipuesto, dando una definición más completa al concretarse que deben comportar al menos un juego en común y que deben conformar un solo mueble, que estarán amparadas por una sola autorización y que computan como una sola máquina.
Finalmente, y en lo que se refiere a salones de juego, se establece la forma de actuar en el procedimiento de autorización de apertura y funcionamiento de salones de juego, cuando se hayan presentado varias solicitudes de otros salones, casinos, salas de bingo o locales específicos de apuestas ubicados en un radio inferior a 400 metros, así como una regulación más completa de la consulta previa sobre la posibilidad de obtener autorización para la apertura y funcionamiento de salones de juego, del procedimiento para su obtención, así como su renovación, modificación, transmisión y extinción.
18+ | Juegoseguro.es – Jugarbien.es