El BOJA publica hoy la Orden de 3 de mayo de 2017, por la que se modifica la Orden de la Consejería de Gobernación y Justicia, de 16 de enero de 2012 que determina los porcentajes de detracción aplicables al Bingo.
Así, “las salas de bingo que se acojan a lo dispuesto en la disposición transitoria tercera del texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2009, de 1 de septiembre, detraerán para abono de los diferentes premios el 70 por 100 del importe de los cartones vendidos en cada partida según su valor facial».
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