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Andalucía 2026: Estabilidad fiscal, nuevo Censo Tributario y "luz verde" al traslado de máquinas bonificadas entre Salones

 
El Presupuesto de la Comunidad Autónoma para 2026 mantiene las cuotas trimestrales para máquinas B y C, consolida las bonificaciones para el parque de máquinas "light" y moderniza la gestión tributaria con un nuevo sistema censal.
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El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado la Ley 8/2025, de 22 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma para el año 2026, que entrará en vigor el 1 de enero. El texto introduce modificaciones técnicas relevantes en la Ley 5/2021 de Tributos Cedidos, diseñadas para aportar seguridad jurídica y simplificar la carga administrativa de los operadores, especialmente en el segmento de máquinas recreativas y de azar.

A continuación, desgranamos las claves fiscales que marcarán el ejercicio 2026 para la industria del juego en Andalucía.

1. Tasas Fiscales: Se mantienen las cuotas y bonificaciones


La nueva Ley de Presupuestos fija las siguientes cuotas trimestrales para las máquinas de juego, manteniendo la estructura de bonificaciones para incentivar el mantenimiento del empleo y el parque de máquinas:

Máquinas Tipo B (Recreativas con premio): La cuota general trimestral se sitúa en 900 euros.

Máquinas Tipo C (Casinos): La cuota trimestral será de 1.300 euros.

Máquinas Multipuesto: Para ambos tipos (B y C), la cuota se incrementará un 10% por cada nuevo jugador adicional al primero.

2. Salones de Juego: Flexibilidad en la "Cuota Reducida" de 400€

Una de las novedades más interesantes para los operadores de salones es la flexibilización de la cuota reducida de 400 euros. Esta tarifa se aplica a las máquinas B.1 o B.3 de un solo jugador que se instalen adicionalmente en un salón a partir de la décima unidad (es decir, de la unidad 11 en adelante).

Novedad 2026: Se permite el traslado de máquinas bonificadas con esta cuota reducida a otro salón de juego, manteniendo el beneficio fiscal, siempre que se comunique al órgano competente y el local de destino cumpla con el requisito de tener un mínimo de 10 unidades tributando a cuota general.

3. Apoyo a las Máquinas "Light" (B.1)

La Junta sigue apostando por un subsector de juego de menor intensidad. Las máquinas tipo B.1 que tengan la apuesta limitada a 10 céntimos disfrutarán de una cuota trimestral reducida de 200 euros.

Condición: Para acceder a esta tasa, la empresa operadora debe mantener o aumentar el número total de autorizaciones de máquinas tipo B respecto a la fecha del 1 de enero de 2021.

4. Modernización: Nace el "Censo Tributario" y las liquidaciones de oficio


La administración andaluza da un paso adelante en la digitalización y simplificación burocrática. Se modifica la gestión de la tasa fiscal introduciendo el concepto de Censo Tributario.

Liquidación automática: La Agencia Tributaria de Andalucía practicará de oficio una única liquidación por empresa que acumulará todas las cuotas trimestrales correspondientes a sus autorizaciones.

Transparencia: El censo se publicará trimestralmente en la sede electrónica de la Agencia Tributaria para que los operadores puedan consultarlo y presentar alegaciones antes de la emisión de los recibos.

5. Tasas Administrativas: Subida del 2%

Por último, cabe destacar que, con carácter general, el importe de las tasas de cuantía fija de la Comunidad Autónoma (tasas administrativas por expedición de documentos, homologaciones, etc.) se incrementará mediante la aplicación de un coeficiente del 1,02 respecto a 2025.

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