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El proyecto valenciano del juego blinda el freno a nuevas aperturas de salones, bingos y máquinas B en hostelería

 
El proyecto valenciano del juego blinda el freno a nuevas aperturas de salones, bingos y máquinas B
El texto sacado ya a información pública concreta el nuevo mapa del juego en la Comunitat Valenciana: no prevé nuevas máquinas B en bares salvo sustitución, limita salones, apuestas y bingos a traslados y endurece la depuración de registros vinculados al control del sector.
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La Generalitat Valenciana ha puesto negro sobre blanco el contenido del proyecto de decreto que marcará el desarrollo del juego presencial en la comunidad. Tras el anuncio de información pública publicado este 30 de marzo, el borrador confirma que el Consell quiere mantener una política restrictiva sobre nuevas implantaciones, en línea con la Ley 1/2020 y con la ampliación de la moratoria aprobada en 2025.

La medida más directa para el subsector de hostelería es que no se concederán nuevas autorizaciones de explotación de máquinas de tipo B destinadas a bares y locales similares, salvo en supuestos de sustitución con destrucción de la máquina anterior. El planteamiento del proyecto también impide instalar en hostelería máquinas procedentes de casinos, bingos, salones de juego o de los barcos contemplados en la normativa valenciana.

En salones de juego y locales específicos de apuestas, el texto también mantiene el cierre a nuevas autorizaciones ordinarias. Solo se abriría la puerta a autorizaciones derivadas del traslado de locales del mismo tipo cuando el movimiento sirva para corregir incumplimientos del régimen de distancias fijado por la Ley 1/2020. Para las salas de bingo, la lógica es similar: solo se admitirán nuevas autorizaciones cuando procedan del traslado de otra sala ya existente.

El proyecto incorpora además dos cambios de calado administrativo. Por un lado, prevé la baja automática en el Registro General de Juego de aquellos establecimientos de hostelería autorizados para instalar máquinas recreativas que hayan cambiado de actividad o lleven más de cinco años sin máquinas instaladas. Por otro, fija una vigencia máxima de 20 años para las inscripciones en el Registro de Personas Excluidas de Acceso al Juego, con el objetivo de mantener actualizada esta herramienta de protección.

Otro punto relevante para el sector es que la Conselleria competente en materia de juego deberá elaborar, como máximo cada cinco años, un nuevo estudio de situación para decidir si mantiene, modifica o revoca estas medidas de planificación.  VER PROYECTO DE DECRETO
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